La Constitución española de 1812 se promulgó en el Oratorio
de San Felipe Neri (Cádiz) el día de San José (19 de marzo)
de San Felipe Neri (Cádiz) el día de San José (19 de marzo)
He percibido, de anteriores entradas y comentarios a las entradas, cierto confusionismo, incluso cierta ofuscación conceptual en algunos participantes en este blog y visitantes, en cuanto a la relación entre identidad y libertad política. Creo que merece la pena contrastar un momento ambos conceptos y ver qué ocurre entre ellos.
Aquí hay quien piensa que lo primero es la libertad política. Que lo demás vendrá dado por añadidura, una vez conseguida la pieza principal. Sería algo así como la mano invisible de Adam Smith, que vendría a regular el mercado como por ensalmo con la única y aparentemente facilísima condición de que cada uno se deje llevar por su propio interés personal. Sólo que en este caso sería al revés: la libertad política vendría a eclosionar con la sola condición de que cada uno se deje llevar por el interés común, por el bien de todos, que se dice, algo sustancialmente más dificil de conseguir que la libertad de mercado, me malicio.
La libertad política la comprenderíamos, de acuerdo con lo que en este blog se ha venido diciendo, como una cualidad más de la libertad en sí misma considerada, esto es, la libertad que ya posee el individuo en su estado natural, tal como la establecieron los grandes filósofos del Derecho natural racionalista clásico, que dieron lugar a la conocida teoría del contrato como origen de toda sociedad política: la libertad política sería el procedimiento por medio del cual los individuos conservan o garantizan su libertad primigenia una vez que han decidido organizarse en un Estado. Y esa forma o procedimiento se vería sustanciado a través, fundamentalmente, de dos pilares básicos de la democracia como son: uno, la representatividad política (vía sufragio universal, sistema de partidos democráticos, ley electoral, conformación de distritos, etc.) y, dos, la separación de poderes (básicamente entendido como que el poder ejecutivo pierda su hegemonía actual, de modo que el legislativo legisle sin interferencias, mandatos imperativos o disciplinas de voto, y de modo que el judicial deje de verse interferido también por el ejecutivo, en forma de elección del Tribunal Constitucional, magistrados del Tribunal Supremo y órganos directivos del Consejo General del Poder Judicial).
Pues bien, yo planteo que sin una consideración previa de lo que yo entiendo por identidad no hay libertad política que valga. Y me explico. Todos los mecanismos que pueden garantizar la libertad del individuo, aun viviendo en un Estado político (representatividad y división de poderes) sólo pueden funcionar si previamente hay un consenso en cuanto a qué individuos formamos dicho Estado político. En cambio, si hay colectivos humanos, organizados en partidos políticos, que cuestionan los límites territoriales de ese Estado político o que cuestionan las condiciones que los individuos deben cumplir, en cuanto a fidelidad a un colectivo previo, lealtad a un colectivo previo o en cuanto a cuestionamiento de ese colectivo previo, entonces o una de dos:
* o pensamos, como hay quien piensa aquí, que la libertad política tiene que tirar para adelante con lo que hay, y en la creencia de que esos individuos y colectivos se anularán o quedarán reducidos a anécdota si la libertad política funciona como tiene que funcionar
* o pensamos, como pienso yo, que quien de antemano no se considera perteneciente al colectivo previo no utilizará nunca la libertad política que se le ofrece y el sistema de representatividad y de división de poderes impecable que se le ofrece para ser leal y ser fiel al colectivo humano y político en el que vive, sino que más bien todo lo contrario: utilizará la libertad política para horadar las bases políticas del sistema que se le ofrece, para boicotearlo siempre que pueda, para poner palos en las ruedas a la mínima ocasión que se le presente y siempre actuará en la creencia de que el colectivo en el que vive es imperfecto, indeseado e indeseable porque no es “su” colectivo.
Este es el problema que veo yo entre identidad y libertad política. Y esta desintonía entre identidad y libertad política en España tiene unos orígenes muy claros:
En España la libertad política sólo empezó a funcionar muy imperfectamente con las Cortes de Cádiz. Y digo muy imperfectamente, como saben los estudiosos del constitucionalismo, mucho más expertos que yo, porque allí se ponía una condición sine qua non para el Estado político que se fundaba: la Religión Católica sería la única y exclusiva del Estado por siempre jamás (artículo 12). Cuando el constitucionalismo significaba ya (en Estados Unidos y en Francia) la incorporación de la ciudadanía a una identidad laica y estatal, en España seguíamos mirando al Papa para ver cuál era su última palabra. Y entonces la ciudadanía española, por muy liberal que fuese, con ese artículo 12 cogida por el talón, nunca podría adquirir la libertad de conciencia que significaba pensar y actuar por sí misma y en función de los intereses de su propio Estado. La fidelidad política, la lealtad, la identidad en definitiva, seguía condicionada por la Iglesia. Y así siguió en España hasta prácticamente hoy. Este aspecto no lo veo yo considerado en la obra de don Antonio García-Trevijano, y me gustaría que Lluviaen, por ejemplo, que la conoce bien, me indicara dónde la trata.
La libertad política la comprenderíamos, de acuerdo con lo que en este blog se ha venido diciendo, como una cualidad más de la libertad en sí misma considerada, esto es, la libertad que ya posee el individuo en su estado natural, tal como la establecieron los grandes filósofos del Derecho natural racionalista clásico, que dieron lugar a la conocida teoría del contrato como origen de toda sociedad política: la libertad política sería el procedimiento por medio del cual los individuos conservan o garantizan su libertad primigenia una vez que han decidido organizarse en un Estado. Y esa forma o procedimiento se vería sustanciado a través, fundamentalmente, de dos pilares básicos de la democracia como son: uno, la representatividad política (vía sufragio universal, sistema de partidos democráticos, ley electoral, conformación de distritos, etc.) y, dos, la separación de poderes (básicamente entendido como que el poder ejecutivo pierda su hegemonía actual, de modo que el legislativo legisle sin interferencias, mandatos imperativos o disciplinas de voto, y de modo que el judicial deje de verse interferido también por el ejecutivo, en forma de elección del Tribunal Constitucional, magistrados del Tribunal Supremo y órganos directivos del Consejo General del Poder Judicial).
Pues bien, yo planteo que sin una consideración previa de lo que yo entiendo por identidad no hay libertad política que valga. Y me explico. Todos los mecanismos que pueden garantizar la libertad del individuo, aun viviendo en un Estado político (representatividad y división de poderes) sólo pueden funcionar si previamente hay un consenso en cuanto a qué individuos formamos dicho Estado político. En cambio, si hay colectivos humanos, organizados en partidos políticos, que cuestionan los límites territoriales de ese Estado político o que cuestionan las condiciones que los individuos deben cumplir, en cuanto a fidelidad a un colectivo previo, lealtad a un colectivo previo o en cuanto a cuestionamiento de ese colectivo previo, entonces o una de dos:
* o pensamos, como hay quien piensa aquí, que la libertad política tiene que tirar para adelante con lo que hay, y en la creencia de que esos individuos y colectivos se anularán o quedarán reducidos a anécdota si la libertad política funciona como tiene que funcionar
* o pensamos, como pienso yo, que quien de antemano no se considera perteneciente al colectivo previo no utilizará nunca la libertad política que se le ofrece y el sistema de representatividad y de división de poderes impecable que se le ofrece para ser leal y ser fiel al colectivo humano y político en el que vive, sino que más bien todo lo contrario: utilizará la libertad política para horadar las bases políticas del sistema que se le ofrece, para boicotearlo siempre que pueda, para poner palos en las ruedas a la mínima ocasión que se le presente y siempre actuará en la creencia de que el colectivo en el que vive es imperfecto, indeseado e indeseable porque no es “su” colectivo.
Este es el problema que veo yo entre identidad y libertad política. Y esta desintonía entre identidad y libertad política en España tiene unos orígenes muy claros:
En España la libertad política sólo empezó a funcionar muy imperfectamente con las Cortes de Cádiz. Y digo muy imperfectamente, como saben los estudiosos del constitucionalismo, mucho más expertos que yo, porque allí se ponía una condición sine qua non para el Estado político que se fundaba: la Religión Católica sería la única y exclusiva del Estado por siempre jamás (artículo 12). Cuando el constitucionalismo significaba ya (en Estados Unidos y en Francia) la incorporación de la ciudadanía a una identidad laica y estatal, en España seguíamos mirando al Papa para ver cuál era su última palabra. Y entonces la ciudadanía española, por muy liberal que fuese, con ese artículo 12 cogida por el talón, nunca podría adquirir la libertad de conciencia que significaba pensar y actuar por sí misma y en función de los intereses de su propio Estado. La fidelidad política, la lealtad, la identidad en definitiva, seguía condicionada por la Iglesia. Y así siguió en España hasta prácticamente hoy. Este aspecto no lo veo yo considerado en la obra de don Antonio García-Trevijano, y me gustaría que Lluviaen, por ejemplo, que la conoce bien, me indicara dónde la trata.
Porque de esta cuestión (relaciones Iglesia-Estado en España) derivan, nada menos, que las guerras carlistas, la desestructuración política de España en el siglo XIX y su sangría económica en guerras y pronunciamientos. Por no hablar del teocratismo originario del nacionalismo vasco (el catalán en esto fue menos reaccionario pero también tiene su ramalazo). No estoy diciendo con esto, como piensan los nacionalistas tan cómodamente, que el nacionalismo procede del carlismo (no se lo creen ni ellos, es más, ellos rechazan su relación con el carlismo, les ofende pensar que sus ancestros defendieran las opciones de una alternativa al trono español). El nacionalismo, ya he explicado aquí mogollón de veces que procede de la exclusión racial de los inmigrantes españoles que fueron a esos territorios. El teocratismo y la intransigencia religiosa del nacionalismo vasco, en este sentido ahora considerado, no fue sino el salvavidas que se procuró el colectivo más reaccionario del País Vasco (con la comprensión de gran parte del clero de dentro y de fuera) para garantizarse la salvación eterna, visto que el carlismo (anterior banderín de enganche) se estaba secularizando ya peligrosamente.
Saludos maketos.
Dedicado a Lluviaen