CARTA ABIERTA AL EXCMO. SR. PRESIDENTE

Sr. Presidente:

La otra tarde vi, un poco de pasada, en un programa de TV —creo que “España Directo”, aunque no estoy seguro, fueron seis u ocho minutos—, la queja que expresaba una señora, hija de una anciana enferma de Alzheimer, de su famosa y nunca bien ponderada y admirada Ley de Dependencia (Mejor dicho: Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia, publicada en el BOE número 299 de 15 de diciembre de 2006), una de las “joyas de la Corona” de la pasada legislatura, que lleva vigente año y medio aproximadamente.

Se quejaba la mujer de que, pese a ser una de las primeras en solicitar las prestaciones de la maravillosa Ley, y pasado más de un año desde el inicio de su “expediente”, aún no había recibido ayuda alguna salvo una silla de ruedas. Se podía ver en el reportaje la situación de gran dependencia de la anciana, absolutamente inválida para todo, calificada con un grado de 87% (no sé por qué, pues su estado era cien por cien vegetativo y dependiente). Podía verse que su hija y cuidadora, necesitaba a su vez ayuda. No obstante el “expediente” seguirá su curso y en su momento (momento que la señora estimó que llegaría cuando su madre no necesitara nada, tras su fallecimiento) recaerá la resolución pertinente. Justa y pertinente, es de presumir.

Y este caso, Sr. Presidente, me hizo recordar otros dos que conozco de “propia ciencia”, uno de ellos en mi pequeño pueblo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Anciana viuda y pensionista de pensión mínima a quien, a los 74 años, se le diagnostica Síndrome de Parkinson. Durante cinco o seis años, la enfermedad no produce grandes perjuicios y la señora continúa viviendo en su domicilio. Tiene tres hijos, dos varones y una mujer. La hija vive en el mismo edificio, pero en piso independiente. Vigila la evolución de la enfermedad hasta que un día decide que su madre de, 80 años, no puede vivir sola. Ya no se acuerda de apagar la cocina de gas, por ejemplo. Los tres hermanos se comunican y acuerdan que tienen que cuidarla por igual. Uno de ellos reside fuera, en Cataluña, así es que, tras ocho meses con los dos hijos que viven en el pueblo, el “catalán” se desplaza para llevar a su madre a su domicilio durante los otros cuatro meses del año. Y así durante más de cinco años en los que la enfermedad va haciendo estragos. A los 83, ya ni conoce a los hijos ni recuerda nada, pierde toda movilidad y ha de ser llevada en silla de ruedas también. Esto ocurrió durante una de sus estancias en Cataluña y el Departament de la Generalitat correspondiente fue muy generoso: la silla fue facilitada totalmente gratis. Parece ser que en Extremadura por entonces, era 2002, sólo se daba una ayuda para su adquisición.

Bien, en éste caso, en su penúltima estancia en Cataluña, el hijo que residía en ésta Comunidad, interesó a través de un asistente social, poder llevar a su madre una tarde a la semana a un "centro de día" que distaba unos cien metros del domicilio, ya que, durante el tiempo que cuidaba a su madre, había de estar constantemente una persona, él mismo o su esposa, junto a la enferma. Trataba de que una tarde por semana, tres o cuatro horas, pudiera salir con su mujer de compras o para cualquier otro evento. Se le dijo que debía solicitarlo de igual forma que los que pretendían permanecer a tiempo completo a diario, facilitar todos los datos económicos de la propia enferma y de los tres hijos entre otras varias cuestiones. Pasado el tiempo, un asistente social le comunicó que la solicitud se había resuelto favorablemente. Podía llevar a su madre una tarde a la semana. Pero la resolución se había dilatado en el tiempo: hacía diez meses que la anciana enferma había fallecido en su domicilio, en su pequeño pueblo extremeño, con sus tres hijos junto a ella.

La anciana era mi madre, Sr. Presidente. Falleció en julio de 2005. Y aquel “expediente de mínima ayuda” se retrasó bastante más de un año tras solicitarlo.

Creía ahora que con la “maravillosa” Ley de Dependencia, que entonces no existía y ahora sí, estas cosas ya no ocurrirían. Pero... he aquí un segundo caso: esposa de un amigo, también enferma de Parkinson desde los 41 años. Él tiene ahora mas de 60 y su esposa enferma, un año más. Desde hace más de tres años, está totalmente inválida y dependiente de él, que, por “suerte”, está prejubilado y puede atenderla a tiempo completo. En mayo del año pasado, solicitó la ayuda que pudiera corresponderle por aplicación de la tan mencionada Ley de Dependencia que, como V.E. sin duda sabe, pese a estar vigente varios meses antes, no fue hasta finales de mayo de 2007 cuando se pudieron solicitar las prestaciones e "iniciar los expedientes”. Ya en octubre pasado la visitó en su domicilio una señora que mi amigo creyó sería médico del departamento o dependencia de evaluaciones por las preguntas que dirigió a su esposa, que ya por entonces apenas podía responder.

No volvió a saber nada hasta febrero o marzo de éste año, cuando, tras diversos escritos al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Defensor del Pueblo, Síndic de Greuges de la Generalitat, y Consellera de Benestar Social, (ahora con distinta denominación), interesándose por “lo suyo”, no de ellos, el Síndic, le respondió que, tras pedir informe al Departament competente de la Generalitat, había sido a su vez informado, de que el “expediente” estaba en trámite y seguía su curso; que la buena mujer había sido calificada con grado III, con minusvalía o dependencia del 76 % desde noviembre de 2007, aunque de ello aún no hubieran sido notificados los interesados. Tampoco aquí es posible saber en qué consistía tal apreciación porcentual, cuando desde el mes de noviembre pasado, mi amigo hubo de ingresar en una residencia privada a su esposa, ahora ya en estado totalmente vegetativo y alimentada, hidratada y medicada a través de sonda nasogástrica, sin poder moverse de la cama. Todo ello representándole un coste económico de 1300 euros al mes, aunque la pensión que él cobra es de unos 1400 euros. ¿Ayudas previstas en la Ley? Hasta ahora, el expediente vegeta, “siguiendo su curso”, catorce meses después de la petición inicial.

Pero ahora ya mi amigo está tranquilo. Y V.E., Sr. Presidente, y el Departament correspondiente de la Taifa Catalana (perdón, quiero decir de la Autonomía o Generalitat de Catalunya), también pueden estarlo. Porque su esposa ya no necesita ayuda alguna desde el pasado mes de abril, salvo algún pequeño estipendio, óbolo o como quiera que se llame, para el pago de misas y rogativas en la iglesia de su barrio; porque ella era una ferviente católica y aunque mi amigo, que antes también lo era, es ahora es un tanto descreído— seguro que, de vez en cuando, le “dice una misa”. No obstante, y de forma inexorable, el “expediente”, seguro que se prolongará “siguiendo su curso” hasta que, un año cualquiera de los próximos, se resuelva. Mi amigo recibirá ¡por fin!, la confirmación de que procedía la tan merecida ayuda de la famosa y nunca bien ponderada Ley de Dependencia para su esposa. Espero que para entonces, sus hijos no tengan que comenzar la misma andadura e iniciar de nuevo el “expediente” para solicitar ayuda por la dependencia de su padre.

Igual que posiblemente le puede ocurrir a la señora del programa televisivo de la tarde del 3 de julio de 2008. O quizá ahora ya no. Porque seguro que V.E., Sr. Presidente, pese a mi inicial pesimismo, lee esta carta y adopta las disposiciones para que una de las “joyas de la Corona” de su primera legislatura comience a surtir efectos, pese a la “desaceleración de la aceleración económica” o comoquiera que los agoreros y pesimistas denominen las iniciales dificultades económicas del comienzo de su segunda legislatura triunfal.

Y es que se da la circunstancia de que, al menos yo, no conozco caso alguno en que esté resuelto el “expediente” y los interesados hayan comenzado a recibir las previstas ayudas de la Ley de Dependencia. Pero eso, seguro, se debe a mi falta de información. O a que el Gobierno o las Taifas patrias con competencias no han podido, sabido o querido publicar los indudables éxitos y generosa ayudas concedidas a cientos de miles, cuando no millones, de casos. Pues ese debe de ser el volumen de los numerosos casos iniciados y tal vez resueltos por la generosa aplicación de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia, que mandó publicar V.E. en el BOE número 299 de 15 de diciembre de 2006. Hoy, 4 de julio, hace ya un año, seis meses y veinte días.


Atentamente.

Juan Patalete.

5 COMENTARIOS:

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Sobrecogedor, Patalete.

Es un orgullo tenerte entre nosotros.

Francisco Álvaro .

Patalete, bravo y ánimo.

¿Cúal es ese pequeño pueblo extremeño?.
Mi padre es de Orellana la Vieja y mi madre de Miajadas.
Viva Extremaduray sus gentes.

Un abrazo.

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Francisco Álvaro: ¿Para cuándo tu colaboración en Ácratas? Sólo tienes que mandarme lo que quieras a:

acratasmail(arroba)mixmail.com

Francisco Álvaro .

Mess, en estos momentos me entreno con unidades de la Mano Negra en las serranías de Cádiz en tácticas de guerrillas. Cuando acabe mi instrucción y ya de vuelva al movimiento de anca homologado, te mandaré artículos.

Anonymous .

Soy creativo, pensador, altruista, desempleado, con mención de honor del ejército español, COE12, guerrillero con boina verde.

Desilusionado con España por el mal comportamiento que tuvieron con mi padre en los hospitales de la Seguridad Social, lo tuve que llevar de pago, fuera de la comunidad de CyL pasó diez años postrado en cama; siendo cuidado por mi madre y por mí, fuimos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, vimos el Tribunal Constitucional. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos libró que España fuese juzgada por no poner a disposición de los enfermos los mediós médicos necesarios y por negación de asistencia, hay que agotar las vias jurídicas españolas.
¿justicia?

¿Política de integración de los cuidadores de familiares?
Lo cuidé sin ayudas del estado, dejándo de trabajar, cuando falleció, me discriminaron retirarando mi título de Vigilante de Seguridad por no haberlo ejercido en los años de altruismo.

Menuda integración social para familiares cuidadores de ancianos y enfermos

Con esto quiero decir que hoy en día la sociedad ha perdido todo atisbo de humanidad que no sea por motivos económicos se puede llegar a premiar a depredadores y castigar duramente a altruistas y filantrópicos.

No obstante nunca faltaran gentes como tu que obtengan satisfacción personal de ayudar a otros, porque dando se obtiene tanto y las obras son con las que los Dioses nos juzagarán en el demiurgo que decían los clásicos

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