tag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post5879905751311079839..comments2023-10-29T11:43:06.774+01:00Comments on acratas: EL "MODERNO" USO ALTERNATIVO DEL DERECHO. (I)Unknownnoreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-29549941768893755482009-01-25T13:30:00.000+01:002009-01-25T13:30:00.000+01:00Querido Patalete:Para el jurisconsulto romano Cels...Querido Patalete:<br><br>Para el jurisconsulto romano Celso, el Derecho era el arte de lo bueno y de lo justo: ars boni et aequi. Siempre se ha dicho que el derecho es norma de conducta humana en sociedad, encaminada a precisar los límites de la acción individual en beneficio del interés de todos.<br><br>Ahora bien, la denominación técnica del derecho en su aspecto exterior y positivo, con fuerza coercitiva y que, por tanto, impone obediencia, en Roma era la de Ius. El derecho del pueblo romano respondía al nombre de Ius Civile, puesto que civitas era el apelativo dado, entre los romanos, al pueblo organizado como sociedad: Ubi societas, ibi iuris: Donde hay sociedad hay derecho.<br>Conviene remontarse a las fuentes romanas para comprender la falacia de la justicia y el Derecho, en el sistema partidocrático impuesto por la Constitución de 1978. En ella, señala con claridad el artículo 117 que la fuente de la justicia es el pueblo y que ésta se administra en nombre del Rey por jueces y tribunales, integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley. Conforme a esto, la justicia sería el ideal que emana de la naturaleza, de las costumbres, de las instituciones y la de la tradición como pueblo organizado en una sociedad concreta, en este caso la española, y que para la realización práctica de ese ideal se precisa de un instrumento: ese instrumento es el Derecho, que se hace presente y patente a través de la Ley. Siendo esto así, la realización práctica de la justicia no necesitaría más instrumentos que la aprobación de las Leyes por los representantes de la comunidad organizada en sociedad y su aplicación por los Jueces integrantes de un Poder independiente y separado de aquél que elabora la Ley. Sin embargo entre la aprobación de la Ley y la aplicación de ésta, interviene la longa mano de la partidocracia, a través del nombramiento de los encargados de la aplicación de la Ley en las más altas magistraturas (Tribunal Supremo, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional), de modo tal que la aplicación de la Ley en última instancia no obedece a criterios de justicia sino a criterios de oportunidad política. Podemos decir sin temor a error que la fuente de producción de la justicia se ha desplazado del pueblo a los partidos. <br>Según la RAE el verbo usar significa: hacer servir una cosa para algo. Con esta acepción el uso del Derecho debería servir para algo, y ese algo es la realización de la justicia. Si ahora comprobamos en la RAE el verbo utilizar, significa: aprovecharse de algo. Por ello, amigo Patalete, considero que antes de referirnos al “uso alternativo del Derecho”, debemos hacerlo al uso del derecho, en la búsqueda del ideal del justicia. Mientras ello no ocurra, debemos hablar de utilización y no de uso del Derecho, pues la verdad se corrompe con la mentira, pero también con el silencio. Nosotros hemos levantado el silencio luego rendimos tributo a la verdad.<br>Una abrazo, Tony.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-88752738422405649652009-01-24T18:01:00.000+01:002009-01-24T18:01:00.000+01:00cuando faltas al respeto te lo faltas a ti mismocuando faltas al respeto te lo faltas a ti mismoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-86751586668076706932009-01-24T16:54:00.000+01:002009-01-24T16:54:00.000+01:00La aplicación alternativa del derecho consiste en ...La aplicación alternativa del derecho consiste en la política del Juez Bermúdez, que exoneró a Botín del fraude a la Hacienda Pública por importe d 4.500 millones de pesetas. La aplicación alternativa de la Justicia está explicada perfectamente por nuestro colega, Castuera:<br><br><br>"Con la absolución de “Los Albertos” por el Tribunal Constitucional en el caso Urbanor sacándose de la manga el concepto jurídico de “tutela judicial reforzada”, hasta entonces desconocido, la Justicia separó del garantismo genérico del derecho a la tutela judicial efectiva a una élite para dar rango legal al proteccionismo de una casta de ciudadanos dignos de especial amparo judicial.<br><br>Esa particularidad judicial que atiende a la protección de unos pocos como auténtica Razón de Estado imposibilita la aplicación uniforme de la Ley. La solución judicial es primero que el razonamiento jurídico, intentándose luego construir la sentencia en retorcida interpretación del Derecho. Primero se redacta el Fallo y luego se buscan los Fundamentos Jurídicos en torticera o nueva jurisprudencia si es preciso."<br><br>Hay una élite de la sociedad que está exenta del cumplimiento de toda ley, empezando por el Rey y siguiendo por sus amigos los Albertos y los banqueros y grandes de España, así como los miembros de las familias principales. <br><br>¿Está claro, sociata de mierda?Maldito Hijo de Perrahttp://acratas.netnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-62729611707625631262009-01-24T14:34:00.000+01:002009-01-24T14:34:00.000+01:00Pero ¿en qué consiste en concreto la aplicación al...Pero ¿en qué consiste en concreto la aplicación alternativa del derecho? ¿En que si negocio con ETA De Juana puede refocilarse con su novia y si no negocio De Juana tiene que practicarse la vasectomía? Lo que se defiende es un marco desigual en el que el juez-Dios decide con el único referente de librarnos ¿de qué? Ya no hay que cumplir contratos, ni que respetar los derechos de los demás...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-60565034008050725632009-01-24T11:30:00.000+01:002009-01-24T11:30:00.000+01:00don Anónimo: ¿de donde se sigue que en este artícu...don Anónimo: ¿de donde se sigue que en este artículillo, se critique a los socialistas?. De momento, (espera a la segunda parte), podría deducirse precisamente lo contrario. A no ser que sólo te hayas leído o fijado en los nombres que son los de las siglas GPBIL y como se los identifica al final. Pero aún así, ¿Polanco, Botín, Ibarretxe, son socialistas?. Tal vez. O al menos, casi tan "socialistas" como González y López, don Patxi, alias Francisco.pataletenoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-34133872350779958562009-01-24T02:15:00.000+01:002009-01-24T02:15:00.000+01:00una duda, xk siempre poneis a socialistas como los...una duda, xk siempre poneis a socialistas como los únicos malos? los del PP son iguales o peor. Si el psoe es más liberal k el pp.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3034553826837931586.post-15266063769608909372009-01-24T02:12:00.000+01:002009-01-24T02:12:00.000+01:00y cual es ese uso alternativo?porque donde se debe...y cual es ese uso alternativo?<br>porque donde se debe cambiar el que las clases dominantes y los lobbys manden es en el legislativo, y de lo que ahí salga los jueces tienen que juzgar que se cumpla.ciudadano Xnoreply@blogger.com